Terminos y condiciones Nami

1.  Términos y Condiciones de NAMI las cuales hacen referencia a cualquiera de los productos y/o servicios que comercializa.

2.  Productos Restringidos: El Aliado Comercial reconoce y acepta que no podrá utilizar los servicios de Nami para coordinar la entrega de los siguientes Productos:El Aliado Comercial reconoce y acepta que no podrá utilizar los servicios de Nami para coordinar la entrega de los siguientes Productos: (i) valores; (ii) dinero; (iii) explosivos; (iv) líquidos inflamables; (v) armas; (vi) sustancias prohibidas por la Ley General de Salud y/o la Ley Aplicable; (vii) mascotas o cualquier ser vivo; (viii) elementos químicos; (ix) billetes de lotería; (x) geográfico mapas y gráficos; (xi) celuloides; (xii) sellos postales; (xiii) drogas, estupefacientes y alucinógenos; (xiv) joyas, piedras o metales preciosos; (xv) objetos artísticos y obras de arte; y/o (xvi) cualquier bien ilícito.

3. Tamaño de los pedidos: Los pedidos deberán tener como máximo las siguientes dimensiones y peso: (a) cien (100) centímetros de profundidad x cincuenta (50) centímetros de altura; (b) ochenta (80) kilogramos.

4.  Descuentos y cancelaciones

  1. Descuento por Demora:

    Nami otorgará al Aliado Comercial un descuento en las Tarifas Totales cobradas por Nami equivalente a siete mil setecientos noventa pesos M/CTE ($7.790) IVA incluido por cada Pedido cancelado en cualquiera de los siguientes eventos (en adelante, “Descuento por Demora”):

    1. En el caso en el que ningún Repartidor acepte la gestión del Pedido dentro de los treinta (30) minutos siguientes a su exhibición en la Aplicación, entendiéndose que el Pedido se exhibe en dicha aplicación una vez finalizado el Preparation Time; y
    2. En el caso en el que el Repartidor que haya aceptado la gestión del Pedido no haya llegado al Establecimiento del Aliado Comercial dentro de los treinta (30) minutos siguientes a la terminación del Preparation Time (en adelante, “Cancelaciones por Demora”). Sin perjuicio de lo anterior, se aclara que Nami únicamente asumirá el Descuento por Demora de hasta el uno punto cinco por ciento (1.5%) de los Pedidos mensuales.
  2. Descuento por no entrega:

    Nami otorgará al Aliado Comercial un descuento en las Tarifas Totales cobradas por Nami equivalente al treinta por ciento (30%) de los Pedidos que sean cancelados con un límite de doscientos mil pesos M/CTE ($200.000) en cualquiera de los siguientes eventos (en adelante, “Descuento por No Entrega”):

    1. En el caso en el que el Pedido se cancele por parte del Repartidor una vez éste haya recibido los Productos por parte del Aliado Comercial; y
    2. En el caso en el que el Cliente presente una queja en la que manifieste que no recibió el Pedido, siempre y cuando: (a) el Aliado Comercial comparta con Nami la evidencia correspondiente; y (b) no se haya enviado el Código de Seguridad por parte del Cliente al Repartidor. En ningún caso, Nami asumirá el valor de los Pedidos cancelados por el Aliado Comercial o por causas imputables al Aliado Comercial o los Clientes (incluyendo, mas no limitado a: dirección errada, Cliente no recibe los Productos, Cliente no sale a recibir los Productos, etc.). Sin perjuicio de lo anterior, se aclara que Nami únicamente asumirá el Descuento por No Entrega de hasta el uno punto cinco por ciento (1.5%) de los Pedidos mensuales.
  3. Cancelaciones por parte del Aliado Comercial:

    Las cancelaciones por parte del Aliado Comercial o el Cliente se cobrarán de la siguiente manera:

    1. el cien por ciento (100%) de la Tarifa Total de los Pedidos que hayan sido recogidos por un Repartidor;
    2. el setenta y cinco por ciento (75%) de la Tarifa Base de los Pedidos que sean cancelados cuando el Repartidor se encuentre en el Establecimiento del Aliado Comercial;
    3. el cincuenta por ciento (50%) de la Tarifa Base de los Pedidos que sean cuando los mismos ya hayan sido aceptados por un Repartidor Independiente a través de la Aplicación, y éste aún no haya llegado al Establecimiento del Aliado Comercial.
    4. el cero por ciento (0%) de la Tarifa Base de los Pedidos que sean cancelados antes que un Repartidor acepte el pedido.

5.  Obligaciones del Aliado Comercial

  1. Usar correctamente la Aplicación, de acuerdo con el presente y la información exhibida en cada Módulo;
  2. Responder por la totalidad de las acciones u omisiones realizadas desde los Usuarios. El Aliado Comercial es el único responsable de la custodia de dichos usuarios y sus respectivas contraseñas;
  3. Diligenciar correctamente la información solicitada al interior de la Plataforma;
  4. Disponer de los mecanismos necesarios para que los Clientes puedan efectuar el pago de los pedidos. El Cliente es el responsable de coordinar y recaudar dicho pago. Se aclara que los Repartidores únicamente realizarán el cobro a los Clientes cuando se encuentre habilitada la Funcionalidad Pago en Efectivo;
  5. Mantener la calidad de los Productos del Aliado Comercial, haciéndose plenamente responsable por su calidad e inocuidad, de conformidad con lo establecido en la Ley Aplicable;
  6. Entregar los Productos a los Repartidores en empaques adecuados y totalmente sellados, que preserven la calidad integral de los mismos. De igual forma, junto con los Productos, el Aliado Comercial deberá entregar los accesorios necesarios para el consumo;
  7. Verificar que cada Pedido sea entregado al Repartidor correcto. El Aliado Comercial será el único responsable de que los Productos sean entregados al Repartidor que se encuentra gestionando el Pedido;
  8. Emitir el ticket/factura de cada Pedido a nombre del Cliente y asegurar la entrega de la misma a éste;
  9. Gestionar las peticiones, quejas, y reclamos (en adelante, “PQRs”) de los Clientes, entendiéndose que Nami no gestionará ninguna PQR de los Clientes;
  10. Asumir la responsabilidad por la información consignada por el Cliente en el Canal Propio, y, posteriormente ingresada en la Plataforma;
  11. Responder frente a los Clientes en los casos en los que éstos reciban un Producto errado o un Pedido incompleto;
  12. Abstenerse de reproducir, copiar, descompilar, y/o desarrollar el software, la información y/o la data de cualquier plataforma desarrollada por Nami;
  13. Eliminar todo el software, data y/o información que pertenezca a Nami una vez cese el uso de la Plataforma por parte del Aliado Comercial;
  14. Permitir el acceso y revisión por parte de Nami de toda la información contenida en los Usuarios Plataforma del Aliado Comercial; y
  15. Abstenerse de aplicar técnicas de ingeniería inversa, desmontar y/o modificar la Plataforma.

6.  Indemnidad: Las Partes acuerdan mantenerse indemnes respecto de terceros que pudieran ser afectados por una de las Partes por el incumplimiento de este Formulario de Pedido y la Ley Aplicable. En atención a la obligación de mantenerse indemnes, responderán por los daños y/o perjuicios que sus acciones u omisiones pudieran causar a terceros y por los que la otra Parte pudiere resultar afectada.

7. Disposiciones Varias

  1. Derechos de propiedad intelectual

    Excepto por lo expresamente establecido en este documento, nada de lo aquí establecido se considerará que efectúa la transferencia, cesión o asignación de cualquier derecho de propiedad intelectual u otros derechos de propiedad de una Parte a la otra Parte. Bajo ningún supuesto, el presente se podrá entender como transferencia a cualquier título de la tecnología de la cual es propietaria Nami, su matriz, sus subsidiarias y/o compañías filiales. El Aliado Comercial declara y reconoce que no puede modificar, copiar, distribuir, publicar, cargar, descompilar o transmitir el contenido de la información disponible en la Plataforma.

  2. Independencia de las Partes

    El Aliado Comercial y Nami son sociedades independientes, y, nada en este documento tiene la intención o crea algún tipo de empresa conjunta, sociedad, joint venture o relación empleador/empleado entre las Partes. Debido a lo anterior, las Partes cumplirán con sus obligaciones frente a terceros (en el ámbito laboral, de seguridad social y de carácter fiscal) independientemente.

  3. Caso Fortuito o Fuerza Mayor

    Ninguna de las Partes será responsable de cualquier retraso o incumplimiento de este documento que resulte, directa o indirectamente, de caso fortuito o fuerza mayor. Por “fuerza mayor” o “caso fortuito” se entenderán todas las causas o acontecimientos que escapen al control de cualquiera de las Partes y que no puedan preverse o que, si pudieran preverse, no podrían evitarse y que se produzcan una vez aceptado el documento e impidan, retarden u obstaculicen el cumplimiento de las obligaciones de alguna de las Partes.

  4. Confidencialidad

    Será información confidencial cualquier información técnica, comercial, financiera, estratégica, legal y/o de cualquier naturaleza relacionada con las operaciones de negocios presentes y futuros de las Partes, las cuales se revelen y/o entreguen por escrito entre éstas, indicando expresamente que dicha información es confidencial o que una Persona al momento de la revelación pueda presumir bajo las circunstancias concretas en que se dio la revelación, que dicha información es confidencial. El deber de confidencialidad estará vigente durante el uso de la Plataforma por parte del Aliado Comercial y tres (3) años posteriores al cese de su uso por parte de éste. A la finalización de dicho término dejará de regir, salvo en lo que se refiere a la información confidencial que continúe constituyendo secreto comercial debidamente identificado, respecto de la cual, las obligaciones de confidencialidad, hasta donde lo permita la Ley Aplicable, continuarán en pleno vigor y efecto.

  5. Nulidad parcial y no renuncia de derechos

    En el caso en el que alguna disposición de este documento fuera considerada nula, ilegal o no exigible, la validez, legalidad y exigibilidad del resto de las disposiciones no se verá afectada o limitada en forma alguna. La falta o demora de cualquiera de las Partes en ejercer cualquiera de las facultades o derechos consagrados en el presente documento, o a exigir su cumplimiento, no se interpretará como una renuncia a dichos derechos o facultades ni afectará la validez total o parcial del documento, ni el derecho de la respectiva Parte de ejercer posteriormente tales facultades o derechos, salvo disposición legal o contractual en contrario.

  6. Cesión de los términos y condiciones

    Las Partes no podrán ceder parcial ni totalmente la ejecución del presente documento a un tercero, ni las obligaciones y derechos derivados de este.

  7. Acuerdo Total

    El presente documento representa de manera exclusiva la voluntad de las Partes y deja sin efecto cualquier acuerdo verbal o escrito, expreso o tácito, que exista o pudiera existir entre ellas con relación al objeto del mismo.

  8. Impuestos

    Salvo lo acordado específicamente en el presente documento, cada Parte será responsable de los pagos de los impuestos que la Ley Aplicable le imponga con ocasión de la celebración y ejecución del mismo.

  9. Soporte y canal de comunicación

    El Aliado Comercial podrá comunicarse con Nami por medio de los siguientes canales de comunicación: support@nami.la.

  10. Pagos por beneficios tangibles o intangibles

    Las Partes convienen que no estarán obligadas a pagar a ningún título, cualquier suma de dinero a la otra Parte, por concepto de beneficios tangibles o intangibles que adquieran en virtud de lo aquí pactado.

  11. Responsabilidad información suministrada por el Aliado Comercial

    El Aliado Comercial declara y acepta ser el responsable exclusivo por la información suministrada en la Plataforma.

  12. Ley Aplicable y Domicilio Contractual

    Para la interpretación y cumplimiento de los presentes Términos y Condiciones, las Partes se someten a las leyes de la República de Colombia. Para todos los efectos legales el domicilio contractual será la Ciudad de Bogotá D.C.

  13. Resolución de conflictos

    Toda controversia o diferencia generada con ocasión del presente o su ejecución, se intentará resolver en primera instancia mediante arreglo directo entre las Partes. Si transcurridos treinta (30) días calendario de surgida la controversia ésta no se ha resuelto, las Partes se someterán a los tribunales de la jurisdicción ordinaria de la ciudad de Bogotá D.C.

  14. Declaración de Origen de Fondos y Financiación del Terrorismo

    Las Partes declaran que sus ingresos provienen de actividades lícitas, que no se encuentran incluidas en listas para el control de lavado de activos y financiación del terrorismo, administradas por cualquier autoridad nacional o extranjera, y que, en consecuencia, se obligan a responder por todos los daños y/o perjuicios que llegasen a causar como consecuencia de esta afirmación. Conforme a lo anterior, se podrá finalizar el Formulario de Pedido de manera inmediata en el caso en el que el Aliado Comercial sea incluido en la lista de la Oficina de Control de Activos en el Exterior – OFAC emitida por la Oficina del Tesoro de los Estados Unidos de Norte América, la lista de la Organización de las Naciones Unidas y otras listas públicas relacionadas con el tema de lavado de activos y financiación del terrorismo.

  15. Política de Gestión y Código de Ética

    Mediante la aceptación del presente documento, el Aliado Comercial acepta conocer y cumplir la Política de Gestión para la Prevención y Control del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo y el Código de Ética de Nami.

  16. Ética en los Negocios y Anticorrupción

    El Aliado Comercial se compromete a implementar mecanismos de control interno con el fin de evitar que se presenten actos de corrupción en las negociaciones que se lleven a cabo. De acuerdo con lo anterior, se obliga a no recibir ni ofrecer, directa o indirectamente, de y a los empleados, administradores, o subordinados de Nami:

    1. sumas de dinero;
    2. cualquier objeto de valor pecuniario; u
    3. otro beneficio o utilidad, a cambio de:
      1. realizar;
      2. omitir; o
      3. retardar   cualquier       acto   relacionado   con      el           ejercicio           de        sus funciones.

    El Aliado Comercial declara y garantiza que tanto el Aliado Comercial como sus funcionarios, empleados, directivos, o subcontratistas cumplen la Ley Aplicable en materia de anticorrupción, incluyendo, pero sin limitarse a las contenidas en la Ley 1474 de 2011, la Ley 1778 de 2016, el Código Penal de Colombia, la Ley sobre Prácticas Corruptas en el Extranjero de EE.UU. de 1977, la Ley sobre Sobornos del Reino Unido de 2010 o aquellas que la modifiquen, subroguen, reglamenten o desarrollen, así como aquellas regulaciones nacionales e internacionales relativas a la prevención del fraude, el soborno, la corrupción, el lavado de dinero y el terrorismo. Igualmente, el Aliado Comercial declara y garantiza que ni él ni sus funcionarios, empleados, directivos, o subcontratistas son objeto de investigaciones, acusaciones o procesos relativos a la violación de la Ley Aplicable en materia de anticorrupción ni ha sido objeto de sanciones penales, disciplinarias o contractuales derivadas de la violación de tal Ley Aplicable. El Aliado Comercial se obliga a cumplir la Ley Aplicable en materia de anticorrupción y declara que cualquier incumplimiento constituye una violación a los presentes Términos y Condiciones, que da derecho exclusivo a Nami de revocar el acceso a la Plataforma por parte del Aliado Comercial. Igualmente, el Aliado Comercial se obliga a notificar a Nami cualquier notificación asociada a una investigación, procedimiento, sanción o similar, iniciado en su contra o en contra de cualquiera de sus funcionarios, empleados, directivos, o subcontratistas, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la fecha en la que tenga conocimiento de la notificación de la investigación.

  17. Cumplimiento de la Ley

    Las Partes, de manera expresa, se comprometen y obligan a cumplir con la Ley Aplicable a la República de Colombia y la ley internacional vigente, relacionada, directa o indirectamente, con la ejecución de los presentes Términos y Condiciones. Las Partes se comprometen a reportar a la otra Parte cualquier incumplimiento del presente numeral dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al incumplimiento, con el fin de que la otra Parte pueda llevar a cabo las acciones respectivas para salvaguardar su operación y derechos.

  18. Derecho de revisión y auditoría

    El Aliado Comercial reconoce y acepta que Nami tendrá el derecho de revisar y auditar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en los literales (p), (q), (r) y (s) anteriores, para lo cual deberá brindar un aviso previo de al menos 5 (cinco) días hábiles al Aliado Comercial. En el caso en el que como consecuencia de un proceso de revisión y/o auditoría Nami encontrare cualquier circunstancia que pudiera derivar en un incumplimiento a los literales referenciados anteriormente:

    1. el Aliado Comercial deberá responder y mantener indemne a Nami por todos los daños y/o perjuicios que llegase a causar;
    2. Nami podrá cesar el uso del Aliado Comercial de la Plataforma sin preaviso alguno y sin que proceda ningún tipo de indemnización a favor del Aliado Comercial; y
    3. Nami podrá cobrar al Aliado Comercial el costo de la auditoría.